Cómo reclamar a AEDAS Homes por defectos de construcción: lo que ampara la Ley de Ordenación de la Edificación
Comprar una vivienda de obra nueva no deja al comprador desprotegido si aparecen defectos. La Ley de Ordenación de la Edificación fija plazos de garantía que la promotora debe respetar, más largos de lo que suele pensarse.
Los plazos son tres: un año web para los defectos de acabado, tres años para los que comprometen la habitabilidad, como humedades, aislamiento o instalaciones y diez años para los daños estructurales. Se cuentan desde la recepción de la obra, no desde la entrega de llaves de cada vivienda.
La vía de reclamación empieza por documentar: un dictamen técnico que describa el daño, determine su origen y valore la reparación. Sin prueba técnica no hay nada que sostener ante la promotora ni ante un juez.
A continuación se reclama por escrito, con burofax a la promotora y, si procede, a constructora y dirección facultativa. Muchos asuntos se resuelven ahí; los que no, siguen en los tribunales apoyados en ese mismo dictamen.
En promociones grandes actuar a través de la comunidad de propietarios suele ser más eficaz y reparte el coste del peritaje.